El instituto procesal de la improcedencia de acción en los delitos ambientales: el caso del charango de quirquincho andino
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Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | DIAJUR (Navegar estantería) | año 30 N°317 (feb. 2025) | Disponible | DIAJUR024 |
El artículo analiza un caso específico, en el que se transporta un charango hecho con caparazón de quirquincho, alegando desconocimiento de su origen ilícito y que el transporte no era con fines de comercio, sino para uso educativo. Se discute la credibilidad de esta versión y la necesidad de pruebas concretas para determinar la ausencia de dolo en la conducta. En ese contexto, se desarrolla el delito de tráfico ilegal de flora y fauna silvestre en el marco del artículo 308 del Código Penal. Resalta la importancia de proteger el bien jurídico del medio ambiente y recursos naturales como patrimonio nacional, haciendo necesaria la regulación penal. Se debate si la protección de estos recursos debería ser principalmente administrativa y si criminalizar ciertas actividades resulta excesivo cuestionando la fragmentariedad del tipo penal. La metodología aplicada es un análisis de la normativa ambiental y penal vigente, así como de la jurisprudencia nacional relacionada al tema. En cuanto al desarrollo, se expone un razonamiento sobre la excepción de improcedencia acción como fin a la acción penal, la interpretación del tipo penal y la exigencia de los actos de comercio, la relevancia de la autorización administrativa como elemento del tipo y la imputación subjetiva y el dolo eventual. En suma, se propone que la aplicación del tipo penal debe realizarse con rigor, considerando los elementos subjetivos y normativos del delito. Se insta que la conducta del acusado pueda no ser penalmente relevante si no existe un riesgo real para el bien jurídico protegido.