Entre antinomias y el principio pro actione : desafiando la interpretación de la Corte Suprema sobre la imposibilidad de presentar la cuestión prejudicial en etapa intermedia

Por: Urquizo Pereira, Darwin [autor]Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Descripción: páginas167-176Tema(s): DERECHO PENAL | CÓDIGO PROCESAL PENAL | CUESTIÓN PREJUDICIAL | ETAPA INTERMEDIA | INVESTIGACIÓN PREPARATORIA En: Diálogo con la jurisprudencia : actualidad jurisprudencial para jueces, fiscales y abogados litigantesResumen: El autor critica las dos resoluciones de la Corte Suprema que establecen que solo se puede deducir la cuestión prejudicial en la etapa de investigación preparatoria, abordando así el presunto conflicto normativo entre los artículos 7 y 350 del Código Procesal Penal. En este contexto, el autor revisa la definición de antinomias proporcionada por el Tribunal Constitucional para determinar si realmente existe un conflicto. Sin embargo, llega a la conclusión de que no hay una verdadera antinomia, lo que invalida el criterio de la Corte Suprema. Además, el autor desarrolla el principio pro actione, argumentando que la Corte Suprema debería haberlo aplicado para favorecer la procedencia de la cuestión prejudicial en la etapa intermedia. Finalmente, el autor realiza una lectura teleológica de la etapa intermedia, destacando cómo la prohibición del debate sobre la cuestión prejudicial en esta etapa va en contra de su propósito.
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Colección General DIAJUR (Navegar estantería) año 29 N°305 (feb. 2024) Disponible DIAJUR012

El autor critica las dos resoluciones de la Corte Suprema que establecen que solo se puede deducir la cuestión prejudicial en la etapa de investigación preparatoria, abordando así el presunto conflicto normativo entre los artículos 7 y 350 del Código Procesal Penal. En este contexto, el autor revisa la definición de antinomias proporcionada por el Tribunal Constitucional para determinar si realmente existe un conflicto. Sin embargo, llega a la conclusión de que no hay una verdadera antinomia, lo que invalida el criterio de la Corte Suprema. Además, el autor desarrolla el principio pro actione, argumentando que la Corte Suprema debería haberlo aplicado para favorecer la procedencia de la cuestión prejudicial en la etapa intermedia. Finalmente, el autor realiza una lectura teleológica de la etapa intermedia, destacando cómo la prohibición del debate sobre la cuestión prejudicial en esta etapa va en contra de su propósito.