La ruptura del nexo causal desde la óptica administrativa en materia de accidentes de trabajo
Tipo de material:
TextoIdioma: Español Descripción: páginas 91-99Tema(s): ACCIDENTES DE TRABAJO| Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Títulos de Revistas
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | SOL (Navegar estantería) | año 18 N°213 (setiembre 2025) | Disponible | SOL021 |
El deber de prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo constituye uno de los pilares del sistema jurídico-laboral peruano desde la promulgación de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Sin embargo, la atribución de responsabilidad administrativa por accidentes de trabajo ha generado intensos debates académicos y jurisprudenciales, especialmente en torno a la identificación del nexo causal entre el incumplimiento del empleador y el resultado dañoso. La Resolución de Sala Plena Nº 008-2025-SUNAFIL/TFL (en adelante, RSP 008-2025) incorpora y sistematiza criterios presentes en las Resoluciones Nº 764-2024-SUNAFIL/TFL-PS, Nº 1038-2024-SUNAFIL/TFL-PS y Nº 087-2024-SUNAFIL/TFL-PS, ofreciendo un desarrollo detallado sobre los supuestos que podrían -o no- romper el nexo causal y, por ende, eximir al empleador de responsabilidad administrativa. El presente artículo expone y analiza dicha posición, somete a examen crítico sus fundamentos y discute las implicancias prácticas que derivan de esta línea jurisprudencial.
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