La transformación competencial del juez de paz letrado laboral: un análisis de tránsito de la Ley Nº 29497 al Proyecto de Código Procesal del Trabajo
Tipo de material:
TextoIdioma: Español Descripción: páginas 79-90Tema(s): LEGISLACIÓN LABORAL| Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | SOL (Navegar estantería) | año 18 N°212 (agosto 2025) | Disponible | SOL020 |
En este artículo se examina la evolución de las competencias del juez de paz letrado laboral en el Perú, desde la Ley N° 29497 hasta el Proyecto de Código Procesal del Trabajo (CPT). Antes, su función se limitaba a controversias de menor cuantía. La Ley Nº 32155 amplió su competencia a materias no cuantificables, como impugnaciones de sanciones y actos de hostilidad, para descongestionar el sistema judicial. El CPT consolida este cambio, eleva el límite a 100 URP, mantiene las materias cualitativas y crea dos vías principales: proceso monitorio (para deudas líquidas) y proceso único laboral (para casos complejos), además de conservar el proceso ejecutivo y asuntos no contenciosos sin límite. El nuevo esquema permite al demandante elegir la vía y acumular o no pretensiones, decisión que equilibra economía procesal y rapidez en la respuesta. Este rediseño exige mayor estrategia de los abogados y convierte al juez de paz letrado laboral en una instancia especializada y definitiva para gran parte de la conflictividad laboral.
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