¿Toda sanción laboral debe respetar el derecho de defensa?

Por: Equipo de Investigación de Soluciones Laborales [autor]Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Descripción: páginas 134-140Tema(s): JURISPRUDENCIA | DERECHO A LA DEFENSA | DERECHO LABORAL En: Soluciones laborales : sistema integral de información para abogados, jefes de recursos humanos, administradores y gerentesResumen: La Resolución Nº 0311-2025-SUNAFIL/TFL reafirma el carácter obligatorio del respeto al derecho de defensa en todo procedimiento disciplinario laboral, incluso cuando se trate de medidas distintas al despido, como una amonestación escrita. El Tribunal de Fiscalización Laboral declaró válida la sanción impuesta a una empresa por hostilidad, al haberse acreditado que impuso una medida disciplinaria sin cursar previamente una imputación de cargos ni otorgar un plazo para los descargos. Esta decisión consolida el criterio de que el derecho de defensa no puede ser relativizado por la naturaleza de la sanción y que su omisión constituye una vulneración grave de los derechos fundamentales del trabajador.
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Colección General SOL (Navegar estantería) año 18 N°209 (mayo 2025) Disponible SOL017

La Resolución Nº 0311-2025-SUNAFIL/TFL reafirma el carácter obligatorio del respeto al derecho de defensa en todo procedimiento disciplinario laboral, incluso cuando se trate de medidas distintas al despido, como una amonestación escrita. El Tribunal de Fiscalización Laboral declaró válida la sanción impuesta a una empresa por hostilidad, al haberse acreditado que impuso una medida disciplinaria sin cursar previamente una imputación de cargos ni otorgar un plazo para los descargos. Esta decisión consolida el criterio de que el derecho de defensa no puede ser relativizado por la naturaleza de la sanción y que su omisión constituye una vulneración grave de los derechos fundamentales del trabajador.