Los supuestos de embriaguez como falta grave para el cese de la relación laboral
Tipo de material:


Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | SOL (Navegar estantería) | año 18 N°205 (enero 2025) | Disponible | SOL013 |
El supuesto de embriaguez como falta grave en el ámbito laboral implica riesgos para la seguridad, salud y el vínculo laboral, según lo dispuesto en el literal e) del artículo 25 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, que configura como falta grave la concurrencia reiterada o, incluso si no es reiterada, cuando la naturaleza del trabajo revista excepcional gravedad.