Adecuación de la tutela cautelar como instrumento de la tutela cognitiva y ejecutiva: a propósito de la indebida estructuración de tutelas en el Código Procesal Civil y la falta de regulación de las medidas ejecutivas (Registro nro. 20287)
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000 -Cabecera | |
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Campo de control interno | 01989nam a2200229 4500 |
001 - Número de control | |
control field | ESSALUD |
005 - Fecha y hora de la última transacción | |
Campo de control | 20240617124027.0 |
007 - Tipo material - Descripcion fisica - info general | |
Tipo material - Descripcion fisica - info general | ta |
008 - Elementos de Longitud Fija - Información General | |
Elementos de Longitud Fija - Información | t2024 pe ||||| |||| 00| 0 spa d |
040 ## - Origen de la Catalogación | |
Origen de la Catalogación | BMG |
041 ## - Idioma | |
Idioma | spa |
100 ## - Autor | |
Autor | Monroy Pino, Renzo Salvatore |
Rol del Autor | autor |
9 (RLIN) | 47229 |
245 ## - Titulo | |
Titulo | Adecuación de la tutela cautelar como instrumento de la tutela cognitiva y ejecutiva: a propósito de la indebida estructuración de tutelas en el Código Procesal Civil y la falta de regulación de las medidas ejecutivas |
246 ## - Variante del Titulo | |
Titulo | Derecho Aplicado. Procesal Civil |
300 ## - Páginas | |
Paginación | páginas 191-201 |
520 ## - Resumen | |
Resumen | El autor refiere que en nuestro Código Procesal Civil contamos con una tutela cautelar que está pensada solo para servir de instrumento al proceso cognitivo (de ahí la justificación de sus presupuestos para el respectivo concesorio). Por ello, considera que los presupuestos del concesorio, regulados en el artículo 611 del Código Procesal Civil, deben ser atendidos cuando se requiera la medida en un proceso cognitivo, mas no para un proceso ejecutivo. Así, cuando se requiera tutela cautelar, para garantizar la eficacia de una sentencia, circunscribiéndonos en un proceso cognitivo, el solicitante debe acreditar los presupuestos exigidos en dicho artículo: (i) verosimilitud en el derecho, (ii) peligro en la demora y (iii) la adecuación de la medida. En cambio, cuando se requiera tutela cautelar para garantizar la eficacia de un auto final (ratificación del mandato ejecutivo), circunscribiéndonos en un proceso ejecutivo, el solicitante debería solo acreditar: (i) peligro en la demora y (ii) la adecuación de la medida. |
650 ## - Temas - Descriptores | |
Temas - Descriptores | DERECHO PROCESAL |
9 (RLIN) | 3876 |
653 ## - Palabras claves | |
Palabras claves | TUTELA CAUTELAR |
653 ## - Palabras claves | |
Palabras claves | VEROSIMILITUD DEL DERECHO |
773 0# - Revista (Relacion con el numero) | |
Host Biblionumber | 19945 |
Host Itemnumber | 21348 |
Ciudad, Editorial | Lima Gaceta Jurídica Editores, 2013- |
Codigo barras item/ejemplar | GACIV004 |
Titulo de la Revista | Gaceta civil & procesal civil : información especializada para abogados y jueces |
Número de control de registro | ESSALUD |
ISSN | 2305-3259 |
942 ## - Elementos de Koha | |
Tipo de Documento | Artículos |
Fecha procesamiento | 2024-06-17 |
Catalogador | AFC |
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