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001 ESSALUD
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040 _aBMG
041 _aspa
100 _aTribunal Registral
_eAutor
_953048
245 _a¿En qué casos procede la caducidad de la medida cautelar de embargo en forma de inscripción?
300 _apáginas: 159-169
520 _aHoy en día, solo procede la caducidad de las medidas cautelares trabadas bajo la vigencia del Código de Procedimientos Civiles de 1912 y las que fueron trabadas en amparo del Código Procesal Civil pero que caducaron antes de la vigencia de la última modificación del artículo 625 del referido cuerpo normativo. Esto es, la procedencia de la caducidad de la medida cautelar de embargo en forma de inscripción queda sujeta a la verificación de si el plazo de caducidad correspondiente a la naturaleza de la misma (medida cautelar concedida en vía de ejecución) se cumplió con anterioridad a la fecha de entrada, de vigencia de la Ley N° 28473 (19/3/2005), debiendo iniciarse el cómputo a partir de la fecha en que surtió efectos tal anotación, esto es, a partir de la fecha del asiento de presentación del título por el cual accedió al Registro.
650 _aIMPUESTOS
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_dLima Grupo Praxis Formación Profesional, 2026-
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