000 01472nam a2200205 4500
001 ESSALUD
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008 t2025 pe ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _aBMG
041 _aspa
100 _aEquipo de Investigación de Soluciones Laborales
_eautor
_946916
245 _a¿Toda sanción laboral debe respetar el derecho de defensa?
300 _apáginas 134-140
520 _aLa Resolución Nº 0311-2025-SUNAFIL/TFL reafirma el carácter obligatorio del respeto al derecho de defensa en todo procedimiento disciplinario laboral, incluso cuando se trate de medidas distintas al despido, como una amonestación escrita. El Tribunal de Fiscalización Laboral declaró válida la sanción impuesta a una empresa por hostilidad, al haberse acreditado que impuso una medida disciplinaria sin cursar previamente una imputación de cargos ni otorgar un plazo para los descargos. Esta decisión consolida el criterio de que el derecho de defensa no puede ser relativizado por la naturaleza de la sanción y que su omisión constituye una vulneración grave de los derechos fundamentales del trabajador.
650 _aJURISPRUDENCIA
653 _aDERECHO A LA DEFENSA
653 _aDERECHO LABORAL
773 0 _019944
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_dLima Gaceta Jurídica Editores, 2007-
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_tSoluciones laborales : sistema integral de información para abogados, jefes de recursos humanos, administradores y gerentes
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