000 01507nam a2200217 4500
001 ESSALUD
007 ta
008 t2024 pe ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _aBMG
041 _aspa
100 _aHundskopf Exebio, Oswaldo
_eautor
_921085
245 _aLa declaración de invalidez de los asientos registrales, y por tanto su cancelación, compete exclusivamente al Poder Judicial o al árbitro
300 _apáginas 213-232
520 _aEn el presente artículo, el autor realiza un análisis y comentario acerca de la Resolución Nº 4327-2024-SUNARP-TR. Para ello, parte de conceptos clave de las sociedades comerciales de responsabilidad limitada, haciendo énfasis en su estructura y en el proceso de transferencia de participaciones. A partir del caso, el autor desarrolla una opinión que colisiona con la de un sector de la doctrina que sostiene que las formalidades establecidas en el artículo 291 de la Ley General de Sociedades son ad solemnitatem, entre otras observaciones respecto a la declaración de invalidez de los asientos registrales y la competencia respecto a su cancelación.
650 _aJURISPRUDENCIA
650 _aSOCIEDADES
_94012
653 _aTRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES
653 _aINVALIDEZ DE ASIENTOS REGISTRALES
773 0 _016525
_921846
_dLima Gaceta Jurídica Editores, 1995-
_oDIAJUR022
_tDiálogo con la jurisprudencia : actualidad jurisprudencial para jueces, fiscales y abogados litigantes
_wESSALUD
942 _cARTICULOS
_e2025-02-18
_zAFC
999 _c21153
_d21153