000 01523nam a2200217 4500
001 ESSALUD
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040 _aBMG
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100 _aPardo Reyes, Juan Carlos
_eautor
_948374
245 _aLa interrupción de la prescripción extintiva: problemática sobre la aplicación del artículo 1996 del Código Civil
300 _apáginas 13-29
520 _aEn el presente artículo el autor analiza el inciso 3 del artículo 1996 del Código Civil referido a la interrupción de la prescripción extintiva. Esta norma señala que se requiere que el demandado sea notificado válidamente con la demanda para que se produzca la interrupción de la prescripción extintiva; sin embargo, desde el momento en que se interpone la demanda hasta que esta sea notificada al demandado puede transcurrir tanto tiempo que acarree la prescripción de la pretensión, generándose un perjuicio para el demandante, pues si bien interpuso la demanda en el plazo de ley, existe la posibilidad de que la pretensión contenida en aquella se pueda declarar prescrita por la demora en la notificación al demandado.
650 _aDERECHO PROCESAL
_93876
650 _aJURISPRUDENCIA
653 _aPRESCRIPCIÓN EXTINTIVA
653 _aCÓDIGO CIVIL
773 0 _019945
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_dLima Gaceta Jurídica Editores, 2013-
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_tGaceta civil & procesal civil : información especializada para abogados y jueces
_wESSALUD
_x2305-3259
942 _cARTICULOS
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