000 01416nam a2200217 4500
001 ESSALUD
007 ta
008 t2024 pe ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _aBMG
041 _aspa
100 _aVidal Ramírez, Fernando
_eautor
_921049
245 _aLa pretensión es el objeto de la prescripción extintiva
300 _apáginas 9-12
520 _aLa prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos aje nos por no haberlos ejercido durante un tiempo determinado. Esta figura jurídica se basa en la necesidad de certeza en las relaciones jurídicas. Si no hubiera un límite temporal para ejercer los derechos, la incertidumbre sería muy grande. En esta oportunidad, el autor realiza un comentario sobre las bases doctrinales de la prescripción extintiva y la necesidad de modificar el artículo 1989, para precisar que la prescripción extingue la pretensión del derecho que se invoca y no la acción, así como la del artículo 2003, para precisar que o por caducidad solo se extingue el derecho subjetivo.
650 _aLEGISLACIÓN
_9209
650 _aDERECHO PROCESAL
_93876
653 _aPRESCRIPCIÓN EXTINTIVA
653 _aCÓDIGO CIVIL
773 0 _019945
_921703
_dLima Gaceta Jurídica Editores, 2013-
_oGACIV010
_tGaceta civil & procesal civil : información especializada para abogados y jueces
_wESSALUD
_x2305-3259
942 _cARTICULOS
_e2024-12-18
_zAFC
999 _c20939
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