000 01421nam a2200217 4500
001 ESSALUD
005 20240711101748.0
007 ta
008 t2024 pe ||||| |||| 00| 0 spa d
040 _aBMG
041 _aspa
100 _aCastillo Guzmán, Jorge
_eautor
245 _aAspectos legales y operativos para la implementación del reglamento interno de trabajo
300 _apáginas 102-117
520 _aEstá obligado a contar con reglamento interno de trabajo todo empleador que ocupe más de cien trabajadores, siendo obligatoria su aprobación por la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT). En caso de empleadores con menos de 100 trabajadores, pueden opcionalmente elaborar un reglamento interno de trabajo, no siendo obligatoria su aprobación; pero, para que tenga efectos jurídicos plenos (ser fuente de derecho y obligaciones, ser usado en un procedimiento de despido), debe ser aprobado por la AAT. En tal sentido, en el presente informe se desarrollan los alcances normativos del citado reglamento.
650 _aADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
650 _aLEGISLACIÓN LABORAL
_943561
653 _aREGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
773 0 _019944
_921485
_dLima Gaceta Jurídica Editores, 2007-
_oSOL005
_tSoluciones laborales : sistema integral de información para abogados, jefes de recursos humanos, administradores y gerentes
_wESSALUD
_x1996-3076
942 _cARTICULOS
_e2024-07-11
_zAFC
999 _c20415
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