La Fiscalía de la Nación y el debilitamiento de la protección de la familia y de la mujer frente a la violencia

Por: Bazán Seminario, César [autor]Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Descripción: páginas 109-125Otro título: Análisis constitucional y de política jurisdiccional de la ampliación de competencias a las fiscalías de familiaTema(s): VIOLENCIA DOMÉSTICA | FISCALÍA DE FAMILIA | COMPETENCIAS | JERARQUÍA NORMATIVA En: Diálogo con la jurisprudencia : actualidad jurisprudencial para jueces, fiscales y abogados litigantesResumen: En este artículo el autor aborda, por un lado, la incompatibilidad jurídica, siguiendo los términos del artículo 138 de la Constitución, entre las resoluciones de Fiscalía de la Nación N°s 1617-2023-MP-FN, 1618-2023-MP-FN, 1619-2023-MP-FN y 1620-2023-MP-FN frente a normas del bloque de constitucionalidad y de rango legal. Como es lógico, la incompatibilidad vulnera el principio de jerarquía normativa, lo que trae como consecuencia que estemos ante resoluciones de fiscalía que deben ser expulsadas del ordenamiento. Por otro lado, el autor muestra que la decisión de política jurisdiccional contenida en las resoluciones mencionadas es inconducente para la defensa de la familia y para la defensa de las mujeres y otros integrantes del grupo familiar, frente a situaciones de violencia.
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Publicación Periódica Publicación Periódica Biblioteca Central ESSALUD
Colección General DIAJUR (Navegar estantería) año 29 N°307 (abril 2024) Disponible DIAJUR014

En este artículo el autor aborda, por un lado, la incompatibilidad jurídica, siguiendo los términos del artículo 138 de la Constitución, entre las resoluciones de Fiscalía de la Nación N°s 1617-2023-MP-FN, 1618-2023-MP-FN, 1619-2023-MP-FN y 1620-2023-MP-FN frente a normas del bloque de constitucionalidad y de rango legal. Como es lógico, la incompatibilidad vulnera el principio de jerarquía normativa, lo que trae como consecuencia que estemos ante resoluciones de fiscalía que deben ser expulsadas del ordenamiento. Por otro lado, el autor muestra que la decisión de política jurisdiccional contenida en las resoluciones mencionadas es inconducente para la defensa de la familia y para la defensa de las mujeres y otros integrantes del grupo familiar, frente a situaciones de violencia.