Críticas y reflexiones sobre el Acuerdo Plenario Nº 1-2023-112 sobre la determinación judicial de la pena
Tipo de material:


Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | DIAJUR (Navegar estantería) | año 30 N°314 (nov. 2024) | Disponible | DIAJUR021 |
En este ensayo se analiza a fondo el acuerdo en cuestión, reconociendo su utilidad como herramienta legal. Sin embargo, es crucial ver las complejidades y posibles inconsistencias que su implementación podría generar. Se examina la validez del sistema escalonado que el acuerdo establece, considerando que el sistema anterior, el de tercios, fue creado por ley. Esto plantea la pregunta de si un acuerdo plenario tiene la autoridad para establecer un nuevo sistema de dosificación de penas, especialmente si el proceso de creación del acuerdo no fue el adecuado. Asimismo, se detallan las controversias que rodean las penas establecidas en el Código Penal, cuestionando su rigor científico. El análisis se centra en determinar si el acuerdo plenario realmente soluciona estas deficiencias o si, por el contrario, las complica. Finalmente, se evalúa el impacto del acuerdo en la aplicación de penas en casos específicos, especial mente en casos de tentativa y responsabilidad restringida. La falta de justificación clara para las reducciones establecidas en el acuerdo genera dudas sobre la coherencia y la equidad de las sanciones resultantes.