TY - BOOK AU - Rocca Luna Victoria, Fernando TI - ¿Es correcto que la Contraloría General de la República determine responsabilidad funcional en los funcionarios de una entidad contratante y grave perjuicio económico al Estado por la inaplicación de penalidades? KW - CONTRATOS KW - OBLIGACIONES KW - INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL KW - CONTRATACIONES CON EL ESTADO KW - PENALIDADES N2 - Respecto de la naturaleza de las penalidades, algunos sectores de la doctrina refieren que tiene origen en el ius puniendi del Estado. El autor afirma que ello no es así, pues las penalidades no son sanciones, sino que nacen por la voluntad de las partes de un contrato (entidad contratante y contratista) al suscribir un contrato de aprovisionamiento, y no nacen de la infracción de una norma jurídica. Por ello, sostiene que el hecho que la entidad, durante la ejecución contractual y en el ejercicio de sus atribuciones, decida no aplicar una penalidad, no puede ser considerado como un quebrantamiento de un deber funcional, pues los funcionarios no están incumpliendo ninguna norma objetiva y debidamente tipificada, por el contrario, están ejerciendo su atribución, como parte de un contrato de aprovisionamiento ER -