Valderrama Valderrama, Luis

Consideraciones para la determinación y el cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS) Soluciones laborales para el sector privado - páginas 119-134

Adicionalmente a los demás conceptos remunerativos que recibe el trabajador, los empleadores tienen la obligación de depositar, en los meses de mayo y noviembre de cada año, la compensación por tiempo de servicios (CTS). Este beneficio social tiene por finalidad cubrir al trabajador y proteger a su familia en caso de que aquel sufra la pérdida del empleo. El presente informe formula una serie de preguntas comúnmente planteadas sobre esta figura, las cuales responden puntualmente.


REMUNERACIÓN
SALARIOS Y BENEFICIOS

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS LEGISLACIÓN DEPÓSITOS