Las defensas previas y los cuestionamientos al acta de conciliación: a propósito de la Casación Nº 2816-2016-Ica
Tipo de material:

Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | GACIV (Navegar estantería) | tomo 142 (abril 2025) | Disponible | GACIV020 |
El autor refiere que algunos malos abogados utilizan los fines altruistas de la conciliación para proponer argumentos con el solo propósito de entorpecer la tramitación de los procesos civiles. Así, refiere que no son pocos los casos en los que los demandados alegan que no han recibido las invitaciones para conciliar, por lo que suelen peticionar la nulidad de todo lo actuado y hasta del procedimiento conciliatorio. Felizmente, refiere que la Corte Suprema ha puesto las cosas en su sitio, al establecer que, si la parte demandada no cuestiona la exigibilidad de la conciliación extrajudicial, conforme a lo establecido en los artículos 455 y 447 del Código Procesal Civil, se convalida la inexigibilidad de dicho requisito previo.