¿Puede el empleador recuperar conceptos pagados en exceso por error? A propósito de una sentencia que deniega el recupero de utilidades pagadas en exceso
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Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | SOL (Navegar estantería) | año 18 N°207 (marzo 2025) | Disponible | SOL015 |
En el presente artículo, el autor analiza la Casación Nº 35154-2022-Lima, en la que la Corte Suprema establece que los trabajadores no están obligados a devolver utilidades pagadas en exceso por error del empleador. Se resalta que el cálculo de estos pagos es responsabilidad exclusiva del empleador y que los trabajadores los reciben de buena fe, sin intervención en su determinación. Además, la sentencia reafirma el principio protector del Derecho Laboral, priorizando la estabilidad económica del trabajador y descartando la devolución salvo en casos de mala fe o fraude.