¿Se pueden otorgar beneficios colectivos a trabajadores no sindicalizados? Análisis sobre la extensividad del convenio colectivo a partir de la jurisprudencia
Tipo de material:



Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
---|---|---|---|---|---|---|---|
![]() |
Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | SOL (Navegar estantería) | año 18 N°205 (enero 2025) | Disponible | SOL013 |
El Derecho Laboral es una rama jurídica bastante peculiar, ya que busca armonizar intereses sociales bastante complejos en una zona crítica como el trabajo, que es la fuente de sustento del ser humano. El profesor español Palomeque (2011) al respecto nos dice con bastante acierto que "los sujetos que protagonizan la relación de intercambio de trabajo por salario esgrimen intereses no solo distintos, sino contrapuestos". Uno de los temas más polémicos actualmente es la posibilidad que tiene el empleador de extender unilateralmente los alcances de un convenio colectivo a trabajadores no sindicalizados, y sobre este terreno la jurisprudencia tanto de la Corte Suprema, del Tribunal Constitucional como del Tribunal de Fiscalización Laboral han sentado posturas políticas y contrapuestas que han vuelto el terreno en un campo minado.