Improcedencia de la indemnización vacacional cuando se goza de al menos siete o quince días de vacaciones
Tipo de material:



Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | SOL (Navegar estantería) | año 17 N°203 (noviembre 2024) | Disponible | SOL011 |
La Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema determinó ciertos criterios sobre el pago de la indemnización vacacional recaído en la Casación Laboral Nº 1419-2021-Lima. Si bien es una posición particular del colegiado y que no constituye precedente vinculante, resulta importante su estudio que se realizará en el presente artículo, así como su alcance que podría tener en próximos pronunciamientos judiciales de otras instancias.