Independización de predios en el proceso de usucapión
Tipo de material:
Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | GACIV (Navegar estantería) | tomo 135 (set. 2024) | Disponible | GACIV009 |
Mediante la Resolución Nº 229-2024-SUNARP/PT, se han publicado diversos precedentes del Tribunal Registral, entre los cuales destaca aquel que establece que para independizar un predio objeto de un proceso judicial de prescripción adquisitiva de dominio no se requiere que se presente la resolución y/ o autorización de la entidad administrativa, al igual que en los casos de las prescripciones tramitadas a nivel notarial. El autor considera oportuno este criterio adoptado por el Tribunal Registral, que facilita las inscripciones de las prescripciones adquisitivas de dominio tramitadas a nivel judicial, puesto que, en la primera instancia registral, en la mayoría de los casos, se denegaban u observaban los mandatos judiciales, lo cual solo hacía retrasar las inscripciones de las declaraciones de propiedad.