La obligación de pago de cuotas de mantenimiento de bienes y servicios comunes, y la constitución de la carga por su incumplimiento: a propósito del nuevo régimen de la propiedad horizontal
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Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca Central ESSALUD | Colección General | GACIV (Navegar estantería) | tomo 133 (julio 2024) | Disponible | GACIV007 |
Entre las novedades contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1568, del Régimen de la Propiedad Horizontal, la carga por incumplimiento de pago de cuotas de mantenimiento instituida en el numeral 30.1 del artículo 30 de la referida norma legal, es la que más incertidumbre viene generando debido al vacío normativo en cuanto a su concepto, características y, especialmente, efecto jurídico que produciría su inscripción registral. ¿Qué implicancias tendrá para los propietarios morosos la inscripción de esta carga? ¿Qué se requiere para su constitución, modificación y levantamiento? ¿Qué provecho obtendrá la junta de propietarios si opta por su constitución? Son preguntas sobre las que el mencionado decreto legislativo guarda silencio, pero que el autor responde mediante un conjunto de fórmulas normativas que viene proponiendo como miembro del equipo legal del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, órgano de línea que tiene a su cargo la conducción de la reglamentación.