¿Es válido y obligatorio que el notario solicite un certificado médico para la formalización de actos y contratos ante su oficio notarial? Cuando el Derecho médico y el Derecho Civil se unen y brindan una adecuada e idónea respuesta

Por: Valderrama Chevarría, José Guillermo [autor]Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Descripción: páginas 251-260Otro título: Notarial: Análisis JurídicoTema(s): LEGISLACIÓN | CERTIFICADO MÉDICO | FÉ PÚBLICA NOTARIAL | DERECHO CIVIL En: Gaceta civil & procesal civil : información especializada para abogados y juecesResumen: En setiembre de 2023, Conadis emitió un informe técnico vinculante en el que señaló que las notarías no deberían exigir un certificado de salud mental a los adultos mayores con discapacidad, al ser esto un acto de discriminación por discapacidad y edad, y que más bien, por el contrario, debería reconocerse plenamente la capacidad jurídica de los adultos mayores y la posibilidad de acceder a los servicios notariales como cualquier otra persona. El autor discrepa de ello y explica las razones por las cuales considera que el notario, al momento de solicitar un certificado médico, no restringe el derecho de libre contratación de las personas, sino que más bien con ello resguarda la voluntad con un recaudo técnico, el cual acredita que el solicitante manifiesta su voluntad de manera plena y sin restricciones.
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Publicación Periódica Publicación Periódica Biblioteca Central ESSALUD
Colección General GACIV (Navegar estantería) tomo 131 (mayo 2024) Disponible GACIV005

En setiembre de 2023, Conadis emitió un informe técnico vinculante en el que señaló que las notarías no deberían exigir un certificado de salud mental a los adultos mayores con discapacidad, al ser esto un acto de discriminación por discapacidad y edad, y que más bien, por el contrario, debería reconocerse plenamente la capacidad jurídica de los adultos mayores y la posibilidad de acceder a los servicios notariales como cualquier otra persona. El autor discrepa de ello y explica las razones por las cuales considera que el notario, al momento de solicitar un certificado médico, no restringe el derecho de libre contratación de las personas, sino que más bien con ello resguarda la voluntad con un recaudo técnico, el cual acredita que el solicitante manifiesta su voluntad de manera plena y sin restricciones.