¿Pagar la remuneración vacacional y la indemnización subsana el no otorgamiento oportuno del descanso físico?

Por: Monzón Zevallos, Willy [autor]Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Descripción: páginas 17-28Tema(s): INDEMNIZACIÓN PARA TRABAJADORES | COMPENSACIÓN Y REPARACIÓN | DESCANSO VACACIONAL | DERECHO LABORAL En: Soluciones laborales : sistema integral de información para abogados, jefes de recursos humanos, administradores y gerentesResumen: El autor analiza la Resolución del Tribunal de Fiscalización Laboral N° 830-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, en la cual se resolvió un recurso de revisión generado a partir del desarrollo de un procedimiento sancionador a raíz de la imputación del incumplimiento del otorgamiento del descanso vacacional en la oportunidad legalmente establecida, donde además de verificar la correcta motivación del acto administrativo, se analizó si el pago de la remuneración vacacional o la indemnización regulada en el artículo 23 del D. Legislativo N° 713, que realiza el empleador en favor del trabajador, que no goza de ese derecho oportunamente, subsana la infracción tipificada en el artículo 25.6 del D.S. N° 019-2006-TR, es decir, el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el descanso vacacional.
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Publicación Periódica Publicación Periódica Biblioteca Central ESSALUD
Colección General SOL (Navegar estantería) año 17 N°194 (feb. 2024) Disponible SOL002

El autor analiza la Resolución del Tribunal de Fiscalización Laboral N° 830-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, en la cual se resolvió un recurso de revisión generado a partir del desarrollo de un procedimiento sancionador a raíz de la imputación del incumplimiento del otorgamiento del descanso vacacional en la oportunidad legalmente establecida, donde además de verificar la correcta motivación del acto administrativo, se analizó si el pago de la remuneración vacacional o la indemnización regulada en el artículo 23 del D. Legislativo N° 713, que realiza el empleador en favor del trabajador, que no goza de ese derecho oportunamente, subsana la infracción tipificada en el artículo 25.6 del D.S. N° 019-2006-TR, es decir, el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el descanso vacacional.