Velásquez Pasapera, Mirella Estilita

Un análisis de la limitación al derecho de propiedad de las personas naturales extranjeras en las fronteras peruanas según la Constitución de 1993 - páginas 85-92

La autora analiza el segundo párrafo del artículo 71 de la Constitución de 1993, que estipula que, dentro de 50 kilómetros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer por título alguno, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad. En ese sentido, considera que dicha restricción obedece a la optimización de la seguridad nacional; sin embargo, identifica una ausencia de excepciones cuando se pretende que la titularidad no recaiga en una persona natural extranjera, de ahí que considera oportuno reevaluar esta restricción a p ar tir de un nuevo enfoque de la seguridad nacional, recogido actualmente en el ordenamiento jurídico peruano.


PROPIEDAD
LEGISLACIÓN

ZONAS DE FRONTERA PERSONAS EXTRANJERAS